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Ciudadanía Argentina por Opción para Hijos de Padres Naturalizados

15 de diciembre, 20248 min de lectura
Katherina Lucero

Katherina Lucero

Derecho Migratorio

Ciudadanía Argentina por Opción para Hijos de Padres Naturalizados

Si tus padres se naturalizaron argentinos, puedes reclamar la ciudadanía por opción sin importar dónde hayas nacido. Conoce el proceso y los requisitos actualizados.

La ciudadanía por opción es un derecho constitucional establecido en el artículo 75, inciso 12 del texto constitucional argentino y regulado por la Ley 346 de Ciudadanía. Permite que los hijos de ciudadanos argentinos nacidos en el exterior opten por la ciudadanía argentina una vez que alcanzan la mayoría de edad (18 años) o, si son menores, a través de sus representantes legales. Este derecho se extiende a hijos de argentinos nativos y de argentinos naturalizados, aunque el procedimiento puede variar ligeramente. Para hijos de padres naturalizados, el requisito fundamental es que la naturalización del padre o madre se haya completado antes del nacimiento del hijo, o en algunos casos los tribunales han aceptado que basta con que el trámite haya estado en curso.

Documentos necesarios para la ciudadanía por opción

  • Partida de nacimiento del solicitante, apostillada y traducida al español
  • Partida de nacimiento del padre o madre argentino/a (o certificado de naturalización con fecha de otorgamiento)
  • DNI argentino vigente del padre o madre, o en su defecto, sentencia de naturalización
  • Pasaporte del solicitante vigente
  • Certificado de antecedentes penales del país de residencia del solicitante, apostillado y traducido
  • Dos testigos que puedan dar fe de la identidad del solicitante y su vínculo familiar

Requisitos de edad y cuándo ejercer la opción

La ciudadanía por opción puede ejercerse a partir de los 18 años de edad. No existe un límite máximo de edad: puedes reclamar tu ciudadanía argentina a los 30, 50 o 70 años si cumples con los requisitos. Para menores de 18 años, la solicitud debe ser presentada por ambos padres o por el representante legal del menor, y el menor debe ratificar la opción personalmente una vez que alcance la mayoría de edad. Un punto importante es que si el padre o madre se naturalizó argentino después del nacimiento del hijo, la situación jurídica se complica. Algunos juzgados federales han aceptado que basta con que el trámite de naturalización estuviera iniciado antes del nacimiento, pero otros exigen que la carta de ciudadanía haya sido otorgada formalmente. Cada caso se evalúa individualmente y la jurisprudencia varía según el juzgado.

Documentación de la naturalización del padre o madre

Uno de los aspectos más delicados del trámite es obtener la documentación que acredite la naturalización del padre o madre. Necesitarás la sentencia de naturalización dictada por el juzgado federal correspondiente, que debe incluir la fecha exacta en que se concedió la ciudadanía. Si tu padre o madre se naturalizó hace décadas, puede ser necesario solicitar una copia certificada de la sentencia al archivo del juzgado, un proceso que puede demorar varias semanas. También es útil obtener el DNI argentino del padre o madre que figure como nacido en el extranjero y naturalizado, ya que esto sirve como prueba complementaria. Si el padre o madre ya falleció, la ciudadanía por opción sigue siendo ejercible: deberás presentar el acta de defunción junto con la documentación de naturalización.

Plazos reales del trámite

Los tiempos del proceso varían significativamente según la vía elegida. Por vía consular (desde el exterior), el trámite completo demora entre 6 y 12 meses desde la presentación del expediente hasta la resolución. Los consulados argentinos en países con grandes comunidades de descendientes (España, Italia, Estados Unidos) suelen tener mayor volumen de solicitudes y, por tanto, tiempos más largos. Por vía judicial en Argentina, el proceso es más rápido: entre 3 y 6 meses desde la presentación hasta la audiencia y sentencia. Sin embargo, hay que sumar el tiempo de preparación documental previo (1-3 meses para reunir y apostillar documentos del exterior) y el trámite posterior de DNI y pasaporte (1-2 meses adicionales). En total, desde la decisión de iniciar el trámite hasta tener pasaporte argentino en mano, conviene calcular entre 6 y 15 meses.

El trámite de ciudadanía por opción se realiza ante el consulado argentino del país de residencia del solicitante o directamente ante un juzgado federal si el solicitante se encuentra en Argentina. El proceso consular es generalmente más lento (6-12 meses) pero no requiere viajar a Argentina. El proceso judicial en Argentina es más rápido (3-6 meses) pero requiere presencia física para la audiencia ante el juez federal. Una vez otorgada la ciudadanía, el beneficiario puede tramitar su DNI y pasaporte argentinos. Cabe destacar que la ciudadanía por opción, una vez concedida, tiene exactamente los mismos derechos y obligaciones que la ciudadanía nativa, incluyendo la transmisión a futuras generaciones.

La ciudadanía por opción es un derecho, no un beneficio discrecional. Si eres hijo de argentinos, la ley te reconoce como potencial ciudadano sin importar dónde hayas nacido ni cuánto tiempo haya pasado.

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Katherina Lucero

Katherina Lucero

Derecho Migratorio

Especialista en derecho migratorio y de inversión en Argentina. Asesoramiento integral para clientes internacionales.