Preguntas Frecuentes sobre Ciudadanía

Todo lo que necesitas saber sobre obtener la ciudadanía argentina.

Bajo la Ley 346 (Ley de Ciudadanía), se requieren 2 años de residencia legal continua contados desde la fecha de otorgamiento de la residencia permanente, no desde la fecha de solicitud. Este es un error muy frecuente que retrasa trámites. El proceso se tramita ante un juzgado federal, donde un juez evalúa tu integración al país. Para cónyuges de ciudadanos argentinos, los plazos pueden reducirse significativamente. Preparamos a nuestros clientes con anticipación para la audiencia judicial y toda la documentación necesaria.
Sí, Argentina no impone restricción alguna a la doble ciudadanía bajo la Ley 346. Al naturalizarte argentino, conservas plenamente tu ciudadanía de origen. Sin embargo, es fundamental verificar las leyes de tu país: algunos países como Japón y China exigen la renuncia a ciudadanías extranjeras, y otros tienen requisitos de notificación. Los ciudadanos estadounidenses conservan su ciudadanía estadounidense sin restricciones al adquirir la argentina. Asesoramos sobre las implicancias bilaterales en cada caso.
Argentina nunca exige la renuncia a otra ciudadanía como condición para la naturalización. No obstante, la perspectiva bilateral es importante: algunos países de origen sí imponen restricciones cuando sus ciudadanos adquieren una nacionalidad extranjera. Por ejemplo, ciertos países asiáticos requieren renuncia automática, mientras que la mayoría de los países europeos y americanos permiten la doble nacionalidad. Recomendamos siempre consultar con la embajada o consulado de tu país de origen antes de iniciar el trámite de ciudadanía argentina.
No existe un examen formal como el DELE o SIELE. El proceso incluye una audiencia judicial ante un juez federal, quien te hará preguntas básicas sobre tu vida cotidiana en Argentina, conocimientos cívicos elementales y tus motivos para naturalizarte. El nivel requerido es conversacional: poder mantener un diálogo simple y demostrar que estás integrado en la sociedad argentina. Preparamos a nuestros clientes con simulacros de audiencia para que se sientan seguros y confiados el día del trámite.
Los hijos nacidos en territorio argentino son ciudadanos automáticamente por jus soli, consagrado en el Art. 75 inc. 12 de la Constitución Nacional. Este derecho es absoluto e independiente del estatus migratorio de los padres. Para hijos nacidos en el exterior de padres argentinos, la ciudadanía puede obtenerse por vía derivada mediante inscripción en el consulado argentino correspondiente. Este trámite consular requiere partida de nacimiento apostillada, traducida por traductor público, y documentación que acredite la ciudadanía del progenitor argentino.

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